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10 curiosidades sobre el SII. El Suministro Inmediato de Información

SISTIMOS A LA PRESENTACIÓN OFICIAL DE SII

Este pasado miércoles tuvimos la oportunidad de asistir a una ponencia sobre el nuevo Sistema de Información Inmediato. Con ello, la Agencia Tributaria española impondrá la llevanza electrónica de los libros de registro de IVA de forma prácticamente inmediata. Estas fueron las 10 curiosidades más interesantes que descubrimosrealmente SII:

1 – SII NO SE PRORROGARÁ NI ANULARÁ

El primer ponente,  Rufino de la Rosa, director de gestión de la AEAT explicó diligentemente todos y cada uno de los aspectos y motivos por los que se va a implantar este sistema en España. Adujo ventajas de más control de la información y eficiencia en la gestión de impuestos, como ya existe en otros países como México y Chile. Dado que ya se publicó el Real Decreto en Diciembre, esta obligación va a aplicarse el 1 de Julio, SII o SII (valga el juego de palabras).

2 – DE 4 DÍAS A INMEDIATO

En cierto momento de la charla llegó incluso a dejar caer, que este sistema inmediato, “no será tan inmediato” ya que se daba un plazo de 4 días (8 hasta enero de 2018) a las empresas para enviar los registros a los servidores de la AEAT, pero que lo mejor sería, con el tiempo, llegar a ser igual que en México, donde su Hacienda obliga a que la comunicación sea “en horas”. Imaginaos lo que significa esto: el control absoluto e inmediato de toda la gestión de las empresas.

3 – MÁS DATOS A DECLARAR EN LAS FACTURAS

Los datos de las facturas que se han de remitir vía electrónica, serán más que los que actualmente se nos exige en los libros manuales, por los que hay que adaptar todos los software ERP de las empresas afectadas para que éstos sean recogidos, y además no para las facturas a partir de 1 de Julio, si no para todas (leer siguiente punto).

4 – A PARTIR DE 1 DE JULIO, SÍ, PERO TAMBIÉN EL PRIMER SEMESTRE

Ciertamente, la obligación de enviar las facturas será para todas aquellas generadas a partir del 1 de Julio, pero claro, a final de año Hacienda necesita los datos de todo el año para la comprobación de los modelos 347 y 390, por lo que van a exigir que las empresas envíen también todas las facturas del primer semestre, aunque con el plazo límite de 31 de diciembre.

5 – MUERTE A LAS FACTURAS APÓCRIFAS

Curioso término con el que la AEAT llama a las “facturas falsas”, objetivo fundamental de la lucha contra el fraude de IVA. Supuestamente, el cruce de datos, casi inmediato, de las facturas entre empresas, detectará cualquier tipo de fraude o factura falsa que emita una empresa contra otra, que probablemente desconocerá su existencia.

6 – ¿TODAS LAS EMPRESAS EN SII EN 2019?

Relacionado con el punto anterior, llegó a comentarse -y es obvio-, que el sistema no será efectivo al 100% hasta que todos los datos de todas las empresas estén guardados en los servidores de la AEAT, ya que esta fase inicial sólo alcanzará al 80% de la facturación en España. Luego debemos pensar que todas las empresas deberemos estar preparados para lo que esto va a suponer, en nuestros sistemas de gestión.

7 – SANCIONES POR RETRASOS

0.5 por ciento del importe total de cada factura, es lo que habrá que pagar a la AEAT, en caso de retraso en los registros, con un mínimo de 300€ y un máximo de 6.000€ trimestralmente. No está mal la recaudación por un descuido o retraso.

Un cambio de última hora parece que fijaría las sanciones en un 1% de la facturación y la posibilidad de no poder desgravarse el iva soportado.

8 – LA ADAPTACIÓN A SII, ES MUCHO MÁS DE LO QUE PARECE

Podemos afirmar, que a día de hoy, muy pocas empresas que van a estar afectadas por SII, conocen de su existencia, funcionamiento y los detalles. Dicha adaptación supondrá obligatoriamente, la adaptación o el cambio total del software de gestión ERP de la empresa. Para acometer el proyecto, debe contarse con el proveedor o programador original de la solución que se utilice, y que éstos estén preparados para integrarse con los servicios web de la AEAT. Sin entrar en detalles hay que programar toda la lógica de envío, recepción de errores a subsanar, certificados de transmisiones y las correspondientes garantías para posibles reclamaciones o inspecciones posteriores de la AEAT.

9 – SÓLO EXISTEN 2 SOLUCIONES FIABLES PARA LLEGAR A TIEMPO AL 1 DE JULIO

La primera es cambiar de ERP que nos dé garantías de que va a tener implementado el sistema, y que responda ante cualquier problema con la conectividad con la AEAT. Ya sabemos que esto no es nada fácil, es bastante costoso en inversión, y provocará la correspondientes “calentura” en nuestra organización porque se modificarán procesos, sistemas de trabajo, y forma de hacer las cosas respecto al sistema antiguo.

La segunda es contratar con una empresa especializada en soluciones de conectividad EDI o similar, que actúe de broker de comunicaciones de determinada información o ficheros que podamos programar en nuestro actual ERP para que sean transmitidos y gestionados por su plataforma. Ellos se encargarán de recoger la información, mapearla con las estructuras de los XML de la AEAT, además de garantizar el envío y obtención de la respuesta.

10 – SIEMPRE TENDRÁS LA OPCIÓN MANUAL

Si ves que no conseguirás adaptar o cambiar a tiempo, tu sistema de gestión ERP, la Agencia Tributaria va a poner a disposición de las empresas, una página web para introducir las facturas de forma MANUAL, una a una, claro. Una buena opción si emites o recibes pocas facturas al día, o en caso contrario, ve pensando en contratar a alguien de forma exclusiva para que se dedique a ello, aunque esto sería excesivamente costoso y no dejarías de depender de la efectividad de una persona en lugar de un automatismo. Correrás el riesgo de errores o retrasos en los registros (y por ende incurrir en las sanciones indicadas).

Seguro que aparecerán más novedades y entresijos relacionados con esta ley, de los que intentaremos que esteis informados. Si quieres saber si tu empresa estará afectada o conocer nuestras soluciones para cumplir el 1 de Julio, visita este enlace.